viernes, 4 de enero de 2013

TASAS JUDICIALES GUIA PARA LA PRESENTACI​ÓN DEL MODELO 696 TELEMÁTICO COMO COLABORADO​R SOCIAL

Como continuación a la Circular 185/12 de 17 de diciembre sobre los nuevos modelos 696, por medio de la presente ofrecemos una breve guía sobre cómo el Procurador puede darse de alta como Colaborador Social en la Agencia Tributaria para la presentación del modelo 696 en nombre de los clientes.
1.- Presentación en papel o vía telemática:
El modelo 696 se puede presentaren papel o vía telemática para el caso de contribuyentes que sean personas físicas o entidades distintas a las S.A. y S.L., como por ejemplo, fundaciones, asociaciones, comunidades de propietarios, Comunidades de Bienes, ONG´s, sindicatos, etc…
El Modelo 696es obligatorio presentarlo vía telemática para el caso de S.A. y S.L.
2.- Presentación en papel:
El modelo en papel pre impreso no se puede adquirir en Hacienda. Ha dejado de existir. Sólo se puede obtener en la página web, en el siguiente enlace:
A esta pantalla se accede siguiendo estos pasos:www.aeat.es / sede electrónica / trámites destacados / descargar modelos y formularios / todas las declaraciones / resto de modelos / modelo 696
El modelo, una vez cumplimentado, se valida para generar un PDF que se imprimirá para su presentación en Banco.
3.- Presentación telemática:
Desde hace dos años las SA y las SL tienen obligación de presentar todas sus declaraciones tributarias por vía telemática, así que este sistema no les será extraño.
Por lo tanto, si el procurador no quiere, no le conviene o no le interesa presentar la tasa vía telemática en nombre de su cliente, éste o su asesor tienen que tener los medios para hacerlo.
El modelo 696 telemático lo puede presentar el procurador en nombre del cliente como colaborador social de la Agencia Tributaria. A tal efecto, el procurador tiene que darse de alta como tal colaborador social conforme las indicaciones que precisamos a continuación.
3.1.- Alta del procurador como colaborador social de la Agencia Tributaria:
El Colegio de Madrid tienen suscrito un convenio con la Agencia Tributaria por medio del cual los procuradores pueden ser considerados como Colaboradores Sociales para presentar declaraciones vía telemática en nombre de terceros.
Todos los procuradores de Madrid están incluidos en el convenio, por lo tanto, ya no es necesario que los colegiados notifiquen al Colegio su adhesión al mismo, como hasta ahora sucedía.
Para hacer operativa la condición de colaborador social y poder presentar la tasa en nombre de los clientes, el procurador deberá de darse de alta como tal colaborador.
El procurador, desde cualquier ordenador y con su firma electrónica, se da de alta como Colaborador social de la Agencia Tributaria, en el siguiente enlace:
También puede acceder siguiendo los siguientes pasos:www.aeat.es / sede electrónica / trámites de colaboradores/ colaboradores sociales / trámites /Alta en el censo de colaboradores sociales/
En el caso de tener problemas para el alta como colaborador social pueden dirigirse a las Delegaciones de Hacienda, aunque recomendamos la de la C/ Montalbán, 6, o la de la C/ Guzmán El Bueno, 139, ambas en Madrid.
Para cualquier duda informática recomendamos el teléfono de información tributaria 901 33 55 33 (opción 7).
3.2.- Presentación telemática del modelo 696
Una vez de alta como colaborador social, el procurador puede liquidar el modelo 696 telemático desde su ordenador y con su firma electrónica (la firma electrónica es única, es la misma que se emplea para Lexnet).
Al modelo telemático se accede en el siguiente enlace:
A esta pantalla se accede también siguiendo estos pasos:www.aeat.es / sede electrónica / trámites destacados / presentar y consultar declaraciones / modelo 696 / modelo 696: presentación del modelo /
Una vez cumplimentado, y para proceder al pago, se indica en el modelo el NRC y se pincha en el botón “firmar y enviar”, obteniéndose el resguardo de presentación y el PDF del modelo.
3.3.- Pago de la tasa telemático. ¿Qué es el NRC?
El NRC es un número clave que hace referencia al importe de la tasa cargada en cuenta corriente. Lo solicita a su banco el cliente, pero también lo puede solicitar a su propio banco el procurador como presentador del modelo.
Por ejemplo: El cliente ingresa en la cuenta corriente del procurador una provisión de fondos. El procurador pagará la tasa con cargo a su cuenta corriente, para ello, indica al banco los siguientes datos: modelo 696, ejercicio 2013 (o el que proceda), periodo (siempre OA), NIF del cliente y el importe de la tasa. El banco cargará en cuenta el importe de la tasa y entregará al procurador un número de referencia llamado NRC, número que será el que se refleje en el modelo 696 telemático. Recomendamos que la presentación del modelo 696 se haga de manera inmediata una vez obtenido el NRC y siempre antes de las 24 horas.
Si el pago de la tasa se hace en una cuenta del cliente, éste solicitará el NRC a su banco y se lo comunicará al procurador para que lo incluya en el modelo 696 telemático.
Desde hace dos años las SA y las SL tienen obligación de efectuar los pagos por medio del NRC, así que este sistema no les será extraño. Por lo tanto, si el procurador no quiere, no le conviene o no le interesa presentar vía telemática la tasa, el cliente o su asesor tienen que tener los medios para hacerlo.
Para cualquier duda relativa a la presentación telemática recomendamos el teléfono de información tributaria 901 33 55 33 (opción 7).
4.- Presentación del modelo 696 vigente hasta el 22/11/2012.
En la página de Hacienda, en modelos y formularios, se puede obtener el modelo antiguo.
Al modelo se accede siguiendo estos pasos:www.aeat.es / sede electrónica / trámites destacados / descargar modelos y formularios / todas las declaraciones / resto de modelos / modelo 696 vigente hasta 22/11/2012
5.- Supuestos exentos.
En caso de exención total (ejemplo: justicia gratuita, organismos públicos, cuantía inferior a 2.000.-€), no se presenta modelo 696.
En caso de exención parcial en el orden social, sí se presenta el modelo.

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