martes, 17 de mayo de 2011

JUSTICIA GRATUITA. Recurso de Apelación PERSONACIÓN. AUDIENCIA PROVINCIAL

Como ya sabéis, desde Enero de 2003, las designaciones de Justicia Gratuita efectuadas por el ICPM, en partidos judiciales, contienen la designación del procurador que actúa en la 1ª Instancia, así como el procurador de Madrid-capital que deberá actuar para el caso de interposición del Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial.

Por ello y con el fin de evitar la falta de personación en la Audiencia Provincial, dentro del plazo establecido en el art. 463 de la Ley 1/2000 LEC, debéis al notificar al letrado, poner en su conocimiento que el procurador que debe efectuar su personación en la Audiencia Provincial es el que figura en la designación para Madrid-capital, así como remitir copia de la providencia de emplazamiento junto con la designación al procurador de Madrid-capital y al Colegio, esto último, en orden a cobrar el segundo turno. Con esta medida evitaremos incurrir en posibles responsabilidades por falta de personación.

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